Certificamos ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales

Certificamos ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales

11-01-2017

Certificamos ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales

La ley 25.326 tiene por objeto la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros o bancos de datos. Gracias al programa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y su campus virtual, certificamos para realizar el proceso de inscripción de bases de datos de terceros. 


Es notable que con el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación surgieron avances y beneficios importantes tanto a nivel productivo como social. Pero como todo avance, muchas veces trae aparejado nuevas problemáticas. Es así, que a raíz de la gran cantidad de datos personales que se encuentran alojados en bancos de datos públicos y privados, tanto en internet como en otros formatos y debido a su explotación por parte de distintos actores y con diferentes fines, surge la ley de protección de los datos personales.  



La Ley 25.326 fue sancionada para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el acceso a la información que sobre las mismas se registre según lo establecido en el artículo 43 párrafo tercero de la Constitución Nacional. De esta manera, toda organización que realice tratamiento de datos se encuentra obligada a realizar la inscripción de dichas bases ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.



Vale aclarar, que por tratamiento se entiende toda operación y procedimiento sistemático, electrónico o no, que permita la recolección, conservación, ordenamiento, almacenamiento, modificación, relacionamiento, evaluación, bloqueo, destrucción, y en general el procesamiento de datos personales, así como también su cesión a terceros a través de comunicaciones, consultas, interconexiones o transferencias. Por tal motivo, el registro de bases de datos se establece como obligatorio y pasible de sanciones para quienes se encuentren fuera de lo establecido por la ley.



La responsabilidad por daños y perjuicios derivados de la inobservancia de la ley, incluyen sanciones penales dependiendo el grado de perjuicio causado. Así también, el organismo de control podrá aplicar sanciones de apercibimiento, suspensión, multa de mil ($ 1.000.-) a cien mil pesos ($ 100.000.-), clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos.



Dado que los responsables de las bases deberán poseer un procedimiento de derecho de acceso a la información documentado y auditado, como así también procedimientos de recolección, actualización de datos o rectificación. Desde Aúna Software ponemos a disposición nuestros conocimientos adquiridos, contando con personal capacitado y certificado para realizar tanto los procedimientos de registro ante DNPDP como para asesorar sobre los procedimientos y mejores prácticas sobre el tratamiento de datos.


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